EL TIEMPO EN ESTEPA

EL TIEMPO: PREVISIÓN METEOROLÓGICA PARA ESTEPA

jueves, 22 de enero de 2009

PRIVILEGIO DE DONACIÓN DEL CASTILLO Y VILLA DE ESTEPA A LA ORDEN DE SANTIAGO

ALGO SOBRE LA HISTORIA DE ESTEPA
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Lámina que nos da una idea aproximada de cómo eran en la antigüedad el conjunto del Castillo, el Alcázar, sus murallas y puertas, y dentro de ellas, la villa de Estepa; todo ello asentado en la cima del actual Cerro de San Cristóbal.
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PRIVILEGIO DE DONACIÓN DEL CASTILLO
Y VILLA DE ESTEPA
A LA ORDEN DE SANTIAGO
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"Sepan cuantos este privilegio vieren, cómo Nos don Alonso, por la gracia de Dios, rey de Castilla, de Toledo, de León, de Galicia, de Sevilla, de Córdoba, de Murcia, de Jaén, de Algarve; en uno con la reina Violante mi mujer, y con nuestros hijos el infante don Fernando, primero y heredero, y con don Sancho y don Juan. Por gran favor que habemos de hacer bien y merced a la Orden de la caballería de Santiago, y por servicios que nos hicieron y harán, damos y otorgamos a don Pelay Pérez, maestre de esta mesma Orden, y a todos los frailes que ahora son y a los que serán de aquí adelante por siempre jamás el Castillo de Estepa con todos sus términos, con montes, con fuentes, con ríos, con pastos, con todas sus entradas y salidas, y con todas sus pertenencias, que lo halla todo libre y quito por juro de heredad para siempre, para hacer de ello lo que quisieren, como de lo que es de su Orden; en tal manera que lo non puedan dar, ni enajenar en ninguna manera a ome que sea fuera de nuestro señorío, ni a otro, mas que finque siempre en la Orden para hacer juicio de él a Nos y a todos aquellos que reinarán después de Nos en Castilla y en León; e que haga en de guerra y paz, en todo tiempo por nuestro mandado. Y retenemos hi moneda, e todas las mineras y las otras cosas que habemos en los otros lugares de la Orden.
Y mandamos y defendemos que ninguno non sea osado de ir contra este privilegio por acrescentarlo, ni por amenguarlo en ninguna cosa, que cualquier que lo hiciere habría nuestra ira en todo diez mil maravedís y la Orden susodicha o a quien su voz tuviere todo el daño doblado. Y porque eso sea firme y estable mandamos sellar este privilegio con nuestro sello de plomo. Hecho el privilegio en Sevilla por nuestro mandato sábado veinte y cuatro días andados del mes de septiembre en era de mil trescientos y cinco años.
E Nos el sobredicho rey don Alonso reinante en uno con la reina doña Violante mi mujer y con nuestros hijos el infante don Fernando, primero y heredero, e con don Sancho, don Pedro e don Juan, en Castilla, en Toledo, en León, en Galicia, en Sevilla, en Córdoba, en Murcia, en Jaén, en Baeza, en Badajoz, y en el Algarve, otorgamos este privilegio y confirmámoslo.
= Don Sancho, arzobispo de Toledo, chanciller del rey; don Ramón, arzobispo de Sevilla; don Alonso de Molina…
"
(y continúa una larguísima lista de personalidades que firman el documento)
(Este documento, fue publicado en una obra del Padre Barco, que lo copió del ejemplar que obraba en el archivo de los marqueses de Estepa, y editado años después por don Antonio Aguilar y Cano, en su “Memorial Ostipense” en el año 1886)

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